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23 Abril 2024, Puebla, México.

Anomalías constitucionales, el INE y la democracia presidencial / Héctor Aguilar Camín

Política | Opinión | 28.MAR.2021

Anomalías constitucionales, el INE y la democracia presidencial / Héctor Aguilar Camín

Día con día

Diputados: la mayoría inconstitucional

 

El INE ha tomado nota al fin, como cuerpo colegiado, de la ostentosa anomalía constitucional que han sido las mayorías de la Cámara de Diputados.

 

El artículo 54, párrafo IV de la Constitución dice a la letra: “En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados (...) que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”.

 

No ha sido el caso en la legislaturas de 2012, ni en la de 2015, ni en la de 2018, que está en funciones.

 

En la Cámara de Diputados elegida en 2012, la coalición PRI/PVEM obtuvo 40 por ciento de los votos a la Cámara, pero se levantó con 48.2 por ciento de los diputados, dos décimas arriba de lo permitido por la Constitución: un diputado de más.

 

En la elección de 2015, nuevamente la coalición PRI/PVEM obtuvo 40.3 por ciento de los votos, pero 50 por ciento de los diputados (250), para una sobrerrepresentación de 9.7 por ciento, una violación del límite constitucional de 1.7 por ciento.

 

En la elección de 2018, los partidos de la coalición Juntos Haremos Historia (Morena, PT y PES) obtuvieron 44 por ciento de la votación, pero recibieron 61.6 por ciento de las curules, 308 diputados con una sobrerrepresentación de 17.6 por ciento, nueve puntos por encima de lo que permite la Constitución. (Ciro Murayama: "Evitar la sobrerrepresentación”, Excélsior 1 de marzo, https://bit.ly/3raFNIu).

 

¿Cómo fue posible esto? En todos los casos, simulando candidaturas, mediante el siguiente procedimiento:

 

Los partidos grandes de las coaliciones, el PRI en 2012 y 2015, Morena en 2018, dispersaron a sus candidatos en los partidos pequeños para disminuir sus triunfos de mayoría, pues entre más distritos de mayoría gana un partido, menos derecho tiene a las curules de representación proporcional.

 

Ganando menos distritos de mayoría, ganaron más de representación proporcional. Mediante este procedimiento, la suma de curules de la coalición resulta siempre mayor que sus votos.

 

Trataré de explicar mañana este mecanismo, entendible solo en una democracia sin demócratas, donde los actores despliegan su talento para darle la vuelta a la ley, no para cumplirla.

 

Las maromas de la mayoría de Morena

 

¿Cómo se hizo la coalición oficialista de una sobrerrepresentación anticonstitucional de 17.6 por ciento en la Cámara de Diputados? Igual que el PRI en 2012 y 2015. El PRI fue su maestro.

 

La ley de coaliciones electorales permite a los partidos coaligados registrar candidatos de un partido con las siglas de otro. Permite una simulación. En el caso de la coalición Juntos Haremos Historia, dos partidos comparsas, el PT y el PES, fueron fortalecidos con candidatos y votos de Morena, el partido fuerte de la coalición.

 

De 43.6 por ciento de los votos que obtuvo la coalición, el PT aportó solo 3.9 por ciento y el PES 2.4 por ciento de los votos. Este último ni siquiera alcanzó su registro.

 

De los 220 triunfos de mayoría obtenidos por Morena y por su coalición, 213 se explican por votos de Morena, pero 114 de esos triunfos se endosaron al PT (58) y al PES (56). ¿Para qué? Para que Morena tuviera menos triunfos oficiales por mayoría y pudiera obtener una mejor tajada de diputados plurinominales: 85 de los 200.

 

Fue así como con 43.6 por ciento de los votos, la coalición Juntos Haremos Historia obtuvo 61.6 por ciento de las curules: 308 diputados.

 

Es una maniobra legal cuyo resultado, sin embargo, viola la Constitución, ya que “en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados (...) que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida” (artículo 54).

 

Terminada la elección, Morena empezó el proceso contrario: engrosar su bancada mediante el paso voluntario a Morena de los diputados prestados al PT y al PES.

 

Dos de los que cambiaron de bando fueron el hoy dirigente de Morena, Mario Delgado, y el vicecoordinador de la bancada, Pablo Gómez, ambos candidatos del PT en 2018.

 

La astucia y la eficacia de la maniobra son claras. Morena empezó la Legislatura con 196 diputaciones, en septiembre de 2018, pero en abril de 2019, según los registros de votación de la Cámara, tenia ya 257 diputados, seis más que la mayoría absoluta.

 

Este abuso de las reglas es lo que el INE se propone enmendar con los criterios que aprobó la semana pasada y que han causado furor en el campo oficialista.

 

La corrección del INE

 

La distorsión introducida por la sobrerrepresentación de la coalición oficialista en la Cámara de Diputados es enorme. Altera sustantivamente la voluntad de los votantes

 

En 2018, los votantes le dieron a la coalición gobiernista 47 por ciento de los votos y 53 por ciento restante a la oposición. Pero la realidad de la Cámara es que la coalición gobiernista tiene 61 por ciento de las curules y la oposición solo 39 por ciento.

 

Para evitar esta distorsión, con el voto de una amplia mayoría de sus consejeros (9 de 11) el INE ha establecido la fórmula que usará al asignar escaños plurinominales para evitar, en 2021, la sobrerrepresentación inconstitucional de la actual Cámara de Diputados.

 

En primer lugar, el INE verificará la “afiliación efectiva” de los candidatos que van en coalición, para evitar que se disfracen triunfos de un partido con el uso de la franquicia de otro.

 

En el caso de los candidatos que quieren reelegirse, el criterio de “afiliación efectiva” se determinará por la bancada a la que actualmente pertenecen, de modo que su eventual triunfo, aún si fuera por otro partido, se asignaría a su bancada real, no a la sigla que portó en la elección.

 

Quizá el criterio de mayor importancia y el más sólido de esta nueva fórmula de asignación de curules plurinominales, es que el INE vigile en todo momento el respeto a la norma constitucional de que ningún partido, bajo ninguna circunstancia, tenga más de 8 por ciento de sobrerrepresentación (art. 54 de la Constitución).

 

La fórmula del INE pone las cosas en la jerarquía correcta: no puede haber reglas secundarias que arrojen resultados contrarios a la Constitución.

 

Los derechos de ningún candidato, ni de ningún partido, están por encima de los límites constitucionales, como han estado hasta ahora.

 

La tormenta oficialista que se ha desatado sobre el INE alega que estos criterios pretenden impedir que el gobierno refrende su mayoría en la Cámara.

 

Lo que está claro hoy es que la mayoría de Morena en la Cámara no la ganó en las urnas, sino en las maniobras que pudo hacer usando leyes secundarias.

 

Si no pueden ganar la mayoría respetando la Constitución, no tienen por qué tenerla.

 

La democracia presidencial

 

La convocatoria a firmar un Acuerdo Nacional por la Democracia hecha por el Presidente puede verse como un retrato de lo que el propio Presidente llama una democracia verdadera, esa que el país inauguró con su llegada a la presidencia y él se dispone a garantizar.

 

El primer rasgo de esa democracia verdadera es que la convoca y le pone reglas el Presidente. Solo él habla en el acto, desde una mesa que está medio metro arriba de sus convocados: los gobernadores de las entidades federativas.

 

Hay una ausencia notoria en la reunión, que es la del responsable del Instituto Nacional Electoral, porque el Presidente anda en litigios con esa institución a la que juzga incapaz de garantizar unas elecciones limpias. Y porque, como sugiere Joaquín López-Dóriga, el Presidente se presenta como el verdadero garante del proceso.

 

El árbitro electoral no es necesario, es más bien un riesgo que una garantía. La garantía es la vigilancia presidencial.

 

También sobra el Poder Legislativo, cuyos representantes no fueron convocados al acuerdo.

 

Fundamentales en el acuerdo son, en cambio, los fiscales presentes: el general de la República y el de delitos electorales.

 

La presencia de este último es clave, pues durante este gobierno los delitos electorales han sido ascendidos a la calidad de delitos graves, merecedores de prisión preventiva, vale decir: que el acusado de estos delitos debe pasar en la cárcel su juicio.

 

La presencia de los fiscales y la ausencia del árbitro sugeriría que en el acuerdo democrático convocado es más importante la función de castigar que la de organizar y arbitrar imparcialmente la contienda.

 

El meollo del acuerdo, resumido por MILENIO, es “garantizar que ninguno de los mandatarios interfiera en el proceso electoral en curso ni favorezca a candidatos o partidos políticos”.

 

Es decir, que ninguno de los mandatarios estatales haga lo que el Presidente hace en sus mañaneras, en el uso electoral de sus programas sociales y de la vacunación, y en el activismo de sus Servidores de la Nación, que van a pedir el voto casa por casa, advirtiendo que si no se vota por Morena los beneficios que les entrega el gobierno van a disminuir o desaparecer. La democracia presidencial.

 

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