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28 Marzo 2024, Puebla, México.

Tecoltemic y la lucha contra La ley Minera y Almaden Minerals. Hoy, día decisivo en la SCJN / Editorial

Sociedad civil organizada /Naturaleza y sociedad /Gobierno /Economía | Noticia | 19.ENE.2022

Tecoltemic y la lucha contra La ley Minera y Almaden Minerals. Hoy, día decisivo en la SCJN / Editorial

Territorio y pueblos indígenas. Eso se juega hoy en México en una decisión en manos de la justicia federal.

Para decirlo en corto: los  jueces deciden hoy si reconocen  la existencia de los pueblos indígenas en nuestro país, justo lo que en la práctica la Ley Minera niega. Ysi la devastación del medio ambiente no tiene importancia frente a la prioridad del desarrollo económico.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación decide hoy miércoles si le da la razón a los campesinos de Tecolmi, en Ixtacamaxtitlán, y cancela dos concesiones de 14.229 hectáreas otorgadas por el Gobierno en 2003 y 2009 a la canadiense Almaden Minerals. Pero mucho más también está en juego hoy: la posible declaración de inconstitucionalidad algunos artículos de la Ley Minera por violar los derechos de los pueblos indígenas. A tala extremo logró llegar la resistencia civil que por la vía legal ha puesto en jaque una arbitraria ley que desde los años noventa ha permitido la expansión de la minería a cielo abierto por todo el país.

El 13 de mayo de 2020 la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió el proyecto de resolución del amparo en revisión 928/2019, a cargo de la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, un proceso que corre desde el año 2015 cuando los campesinos de Tecolmi, apoyados por las organizaciones civiles Fundar y Tiyat tlali iniciaron la defensa legal de su territorio contra el proyecto minero de la empresa canadiense. Entonces la decisión fue pospueasta. Ocurrió lo mismo en enero del 2021, cuando se dio a conocer que el mencionado proyecto del ministro Laynez rechazaba la inconstitucionalidad de la ley. Un año después, este día miércoles 19, los ministros tendrán quie tomar una decisión final.

Es muy posible que el sentido de la decisión confirme lo planteado por el ministro Laynez en su proyecto de 2020  (“Simple y sencillamente el contenido de la Ley Minera no se vincula directamente con los intereses y derechos de los grupos indígenas involucrados”), y los ministros nieguen el amparo solicitado en lo relativo a la inconstitucionalidad de la ley minera por falta de consulta y consentimiento libre, previo e informado (CPLI) por parte de los pueblos indígenas. De ser así, la Corte desconocerá de un plumazo  las afectaciones de la ley minera sobre los derechos de los pueblos indígenas. Y más allá de ello, dejará el camino abierto para las próximas décadas a la devastación del medio ambiente enn todo el país, y en un territorio en particular, el de la cañada del río Apulco en la Sierra Norte de Puebla.

La Corte debe ordenar la armonización de la Ley minera con los derechos de los pueblos indígenas reconocidos en la constitución y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como el derecho al territorio, a la libre determinación y a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado.