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19 Abril 2024, Puebla, México.

Reforma a la Ley de la BUAP: una consulta ilegal / Germán Sánchez Daza

Universidades | Opinión | 21.MAY.2023

Reforma a la Ley de la BUAP: una consulta ilegal / Germán Sánchez Daza

 

En menos de cinco días, las autoridades de la BUAP pretenden realizar una consulta que es violatoria a lo establecido en la Ley General de Educación Superior; que señala en su artículo 2:

“Cualquier iniciativa o reforma a las leyes orgánicas referidas en este artículo deberá contar con los resultados de una consulta previa, libre e informada a su comunidad universitaria, a los órganos de gobierno competentes de la universidad o institución de educación superior a la que la ley otorga autonomía, y deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado.” (www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGES_200421.pdf)

A pesar de que, desde hace más de un año, la Rectora mencionó a los medios de comunicación que se propondría una reforma a la Ley y Estatutos universitarios, es hasta el pasado día 17 de mayo que se dio a conocer una propuesta al Consejo Universitario (CU) y unas horas después se iniciaba una consulta a través de una plataforma. No hubo ninguna convocatoria pública y abierta para presentar alguna propuesta, ni mucho menos una difusión y promoción en la comunidad de la UAP sobre la actual Ley y los motivos por los cuales debía reformarse. Cabe mencionar que una buena cantidad de estudiantes/es y trabajadoras/es no ha leído nunca dicha Ley, esto a causa de la despolitización impulsada por el modelo político-educativo implantado en la UAP desde 1990.

Desde distintas unidades académicas nos han informado que, ante la escasa participación, las autoridades han ejercido presiones (que es distinto a la difusión) sobre trabajadoras/es y estudiantes/es para que participen en la “consulta”, incluso se ha solicitado que se muestre el folio de haberlo hecho. Sin embargo, el día de hoy domingo, pregunté a mis estudiantes como veían lo de la reforma y varios me respondieron que no sabían nada, uno de ellos me comentó “sería mejor que primero quitaran ya el código QR para ingresar a las instalaciones”.

En relación a la propuesta que fue avalada por el CU, existen diversos aspectos que sería importante debatir, con algunos de ellos podríamos estar de acuerdo, pero otros, desde nuestro punto de vista, son totalmente inaceptables, contrarios a su carácter de institución  pública y al contexto sociopolítico contemporáneo.

Entre los argumentos para la reforma han sido los de “fortalecer” y “actualizar” la “autonomía”, esto como resultado tanto del conflicto Esparza-Barbosa como de los debates a nivel nacional entre los gobiernos federal y estatales con las distintas universidades, y de los cambios en las legislaciones; sin embargo, la modificación que hace la propuesta en el artículo 3 es insuficiente, dejando de lado uno de los problemas centrales: la transparencia y fiscalización de los recursos públicos. La revisión de la legislación sobre la autonomía universitaria está aún en redefinición, está en debate y no es un asunto exclusivamente legal; por ello es de hacer notar que en la justificación que se hace en la propuesta de reforma, se omite como fue vulnerada la autonomía universitaria por la misma cúpula que ha dirigido a la UAP, desde 1990, con sus vínculos con los gobiernos PRI-AN, la falta de transparencia en el uso de los recursos públicos y la ausencia de una posición crítica sobre la problemática sociopolítica existente; la autonomía fue secuestrada y tergiversada (ver https://mundonuestro.mx/content/2021-08-05/uap-la-permanencia-de-la-elite-burocratica).

En la propuesta se ratifican los artículos relativos a la determinación unilateral de las relaciones laborales (art 5, 27, 28 y 29), que fueron impuestos a partir de 1991, haciendo a un lado la incidencia de las organizaciones sindicales. Esta ratificación entra en flagrante contradicción tanto con el discurso que se enarbola de respeto a los derechos humanos y al trabajo digno, y posibilita la imposición de las cargas de trabajo, en la cual no hay mediación o instancia que permita la defensa de los intereses de los trabajadores. Ejemplo de esto es la asignación semestral de cargas docentes, las cuales generan continuas fricciones y descontento entre los académicos. Un detallado análisis, y que debate muy certeramente los aspectos laborales de la propuesta, es el que ha realizado el Comité Ejecutivo del SUNTUAP.

Un aspecto que critica el SUNTUAP es que en varios artículos de la propuesta se utiliza el concepto de “alumnado”, el cual adjudica una actitud pasiva, desde el punto de vista de la pedagogía crítica. En esta perspectiva, se puede identificar que la propuesta ratifica a la educación exclusivamente como un “servicio”, omitiendo que se trata de un derecho humano, lo mismo acontece con el conocimiento científico. Es decir, se mantiene la perspectiva neoliberal de mercantilización de la educación, contradiciendo así tanto lo signado internacionalmente como a la reciente legislación en términos del artículo 3 constitucional, como son las leyes General de Educación Superior y la General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMHCTI.pdf)

 Un aspecto fundamental es la gratuidad de la educación, que en la propuesta se omite, pero sí reafirma su “facultad para…. Determinar los derechos, tasas, tarifas participaciones y cuotas por los servicios que preste ...” (artículo 5). Cabe preguntarse ¿cuál es la responsabilidad social? La propuesta la delimita únicamente a la incorporación, en sus actividades sustantivas, de lo que denomina como “desarrollo sostenible y humanista” (artículo 7).

Hay artículos que amplían la actividad de la Universidad, en términos de las modalidades y tipos educativos, así como la posibilidad de su expansión física hacia lo nacional e internacional; además se incluye la promoción de la vinculación como parte de su objeto. Sería pertinente discutir la pertinencia y alcance de estas modificaciones.

En términos generales, la propuesta no hace ningún cambio a la estructura de gobierno de la Universidad, la forma de elección de las autoridades -por votos sectoriales- y los requisitos para serlo son prácticamente los mismos, sin embargo, en el artículo 19, relativo al titular de la Rectoría, se coloca la palabra “facultades” cuando anteriormente eran “atribuciones y obligaciones”, lo cual fortalece el poder de la rectoría, así como el ejercicio de la discrecionalidad. En esta lectura, la propuesta ratifica un modelo de gobierno que es excluyente, jerárquico, selectivo y antidemocrático. 

No nos extendemos. La propuesta de las autoridades es debatible, y como universitarios deberíamos tener la posibilidad de hacerlo, de manera pública, abierta, en un diálogo que convoque e incentive a la participación activa. El proceso de consulta es solo un instrumento que busca legitimación, pero no tiene como objetivo la incorporación de las y los universitarias/os en el debate y en la definición del rumbo de nuestra Institución. Se trata de una reforma para la continuidad de las estructuras y élites de poder.

Notas:

1) Lamento no poder proporcionar el link del documento que contiene la propuesta de reforma a la Ley de la BUAP, en virtud de que su acceso por internet ha sido restringido por la Institución. 

2) Gran parte de los argumentos aquí expuestos son resultado del diálogo que hemos sostenido con colegas de la Facultad de Economía.