diciembre 7, 2025, Puebla, México

diciembre 7, 2025, Puebla, México

El Fraude / Alejandro Guillén Reyes

 

Desde que se llevó a cabo la elección del poder judicial el pasado 1 de junio, expertos en derecho (particularmente en materia electoral), integrantes de la sociedad civil, periodistas y académicos a lo largo y ancho del país, hemos sostenido públicamente que dicha elección de ministros, magistrados y jueces fue y es un fraude. En Puebla, entre los distintos espacios de opinión, se organizó un foro al respecto el 18 de junio de 2025. (Ver https://www.youtube.com/watch?v=ZrO6GYb9JaI&t=522s )

La existencia de irregularidades en la elección del poder judicial ha venido a ser confirmada y evidenciada por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón en un proyecto de resolución que tiene por objeto declarar nula la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta ponencia será discutida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) este miércoles 20 de agosto.

El cuestionamiento a la validez de la elección proviene de personas que se postularon para competir electoralmente por un lugar en la SCJN.

En síntesis, Reyes Rodríguez Mondragón parte de la hipótesis en la que afirma que hubo una estrategia implementada por servidores públicos y partidos políticos que consistió en la distribución de guías (“acordeones”) para que las y los ciudadanos votaran por determinados números y nombres que aparecían en la boleta, generando con ello propaganda electoral prohibida que benefició ilegalmente a diversos candidatos e impactó de manera determinante en los resultados electorales. “Esa irregularidad -dice el proyecto- actualizó las causales de nulidad correspondientes al uso de financiamiento ilícito y la violación grave a los principios constitucionales que rigen la materia electoral”.

Para probar la irregularidad a partir de las pruebas existentes, el magistrado utilizó el “estándar de probabilidad prevalente” que consiste en que la persona juzgadora puede afirmar que algo existió (propaganda ilegal a través de los “acordeones”) sobre la hipótesis contraria (que no existió dicha propaganda).

Para demostrar la existencia de la propaganda ilegal o de los “acordeones” ilegales (ilegales porque forman parte de una estrategia fraudulenta orquestada desde los rincones siniestros del poder político y no porque hayan salido de la computadora o impresora de un ciudadano estándar), Reyes Rodríguez Mondragón echó mano de:

  1. a) Una medida cautelar y un acuerdo del Consejo General del INE en donde se reconoce la existencia de la propaganda ilícita.
  2. b) El deslinde de la autoría de los “acordeones” por parte de los candidatos cuyos nombres aparecían en dicha propaganda ilegal e incluso hicieron referencia a otros “acordeones” no denunciados (¡Vaya cinismo!), admitiendo con ello su existencia.
  3. c) 156 medios de impugnación en los cuales se aportaron elementos de prueba de la existencia de los “acordeones” ilegales en 23 entidades de la República.
  4. d) 3,188 “acordeones” impresos (pruebas físicas) aportados materialmente al Tribunal por las personas denunciantes.
  5. e) 374 imágenes, videos, audios, enlaces de internet, publicaciones en redes sociales y notas periodísticas en las que se hace referencia a su existencia, circulación y distribución.

Para explicar que existió una estrategia premeditada, coordinada, sistemática y generalizada sobre la distribución de los “acordeones” con el fin de influir en los votantes, el magistrado aprecia -en síntesis- que:

  1. I) Hubo distribución de “acordeones” en cada una de las entidades federativas, (donde, por cierto, Puebla es una de las entidades en las que hubo una mayor cantidad de registros probatorios).
  2. II) La aparición de los “acordeones” se dio en los últimos días de la campaña, durante la veda y el día de la jornada electoral.

III) Las características de los “acordeones” y su distribución contenían datos de identificación territorial que requerían de un conocimiento electoral especializado.

  1. IV) Existe plena coincidencia entre las candidaturas que aparecieron seleccionadas en los “acordeones” y las que ganaron, lo cual genera un fuerte indicio sobre su grado de influencia.

Para fundamentar que la estrategia de distribución de los “acordeones” fue determinante en los resultados electorales, Rodríguez Mondragón lo explica desde tres perspectivas o “determinancias” distintas:

  1. Hubo una diferencia de votos menor al 5% entre las personas ganadoras que obtuvieron el menor número de votos y las personas que no triunfaron, pero que obtuvieron la mayor votación de entre las personas que perdieron (parámetro de determinancia establecido en la Constitución y en la ley).
  2. Estadísticamente, demuestra que hubo una correlación entre las candidaturas que aparecieron en los “acordeones” y las que ganaron la elección (determinancia cuantitativa).

Después de explicar ocho hallazgos estadísticos (descritos en la ponencia), Reyes Rodríguez descartó la hipótesis de que la “votación coordinada” haya sido producto “exclusivamente del ejercicio auténtico y genuino del sufragio”, que es lo que argumentan los propagandistas del actual gobierno.

  1. La irregularidad vulneró principios y preceptos constitucionales tales como la libertad al sufragio, la legalidad, la equidad en la contienda y la prohibición de injerencia de agentes externos a las candidaturas (determinancia cualitativa).

Para mayores detalles de la ponencia ver resumen ejecutivo y ponencia completa en https://www.te.gob.mx/media/pdf/f73edb07ff8b112.pdf

Todo lo anterior, de acuerdo con Reyes Rodríguez, ya acredita que hubo una estrategia organizada de distribución de “acordeones” que constituyeron propaganda electoral prohibida que implica “indicios fuertes” sobre la existencia de un esquema de financiamiento prohibido proveniente de partidos políticos y servidores públicos que benefició a los candidatos que ganaron, “aun cuando en los expedientes no hay pruebas suficientes para acreditar fehacientemente su autoría” (estándar de prueba muy alto), dice la ponencia en el resumen ejecutivo.

Esa “falta de pruebas” es la que, de forma embustera, sirvió a los seis consejeros del INE para justificar y avalar el fraude electoral judicial y probablemente de ese “argumento” echen mano los tres magistrados del TEPJF que han sido consistentes en aprobar lo que dice el gobierno -y no la Constitución- en asuntos electorales.

Si después de leer los argumentos jurídicos, los anexos y las evidencias del fraude expuestas por Reyes Rodríguez Mondragón el TEPJF no anula la elección del poder judicial, Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes Barrera, además de exhibir su ya cuestionable proclividad a aprobar sentencias en favor del gobierno y su partido, vamos a tener ministros de la Suprema Corte ilegales e ilegítimos (votaron por los candidatos que aparecieron en los “acordeones” ilegales sólo el 6% de la lista nominal), faltos de autonomía a merced del flamante Tribunal de Disciplina Judicial, con altas probabilidades de que la corrupción en el poder judicial aumente; no habrá certeza jurídica y, ante el déficit de estado de derecho y la falta de eficacia del estado mexicano -como argumenta el exministro de la SCJN, Diego Valadés- van a meter al país en una espiral de anarquía,

Dado que los milagros existen, ojalá en alguno de los tres magistrados éticamente cuestionados quede una pizca de sensatez y decoro, y vote a favor del proyecto. Lo dudo.