Con información del periodista Carlos Rocha, de e-consulta
Aunque el promotor de un amparo contra el ciberasedio ya había obtenido fallo, el Estado se inconformó y recurrió a un recurso de revisión.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal ratificó de inconstitucional el delito de ciberasedio en Puebla, así lo determinó después de que el gobierno del estado se inconformara a una sentencia que concedió un juez de distrito a un ciudadano que presentó un amparo contra la ley de ciberasedio.
Es decir, el promotor del amparo ya había obtenido una sentencia de parte de un juez de distrito; el estado se inconformó y recurrió al recurso de revisión para tratar de echar abajo esa sentencia a favor del abogado César Pineda Zárate.
En el amparo en revisión 14/2026 los magistrados determinaron por unanimidad que la redacción de la ley es demasiado imprecisa y genera incertidumbre jurídica para los usuarios de internet.
De acuerdo con la sentencia, el tribunal encontró fallas graves que generan inseguridad jurídica para cualquier usuario de internet:
Es demasiado vaga: La ley castigaba actos “reiterados o sistemáticos” de vigilancia u ofensa en redes sociales, pero no explicaba cuántas veces se debe repetir algo para que sea delito.
Imposible de medir: El delito exigía que la víctima sufriera una “alteración a su vida cotidiana” o “perturbación a su privacidad”. El tribunal señaló que estos conceptos son subjetivos y que la ley no aclara si la molestia debe ser mínima, moderada o grave.
Amenaza la libertad de expresión: Debido a su ambigüedad, la ley genera un “efecto inhibitorio”. Es decir, las personas podrían dejar de opinar o criticar en medios digitales por miedo a que sus palabras sean interpretadas arbitrariamente como una “ofensa” que daña la integridad de alguien.
Poder excesivo a la autoridad: Al no estar bien definido, se le daba un margen demasiado amplio a los jueces y fiscales para decidir, a su criterio personal, qué contexto constituye un delito y qué no.
De manera unánime, los magistrados del tribunal determinaron que no es lógico que conductas en un espacio digital puedan causar daño físico de la forma en que la ley estaba redactada.
Por ello, se confirmó el amparo, protegiendo al ciudadano contra la llamada Ley Ciberasedio que se aprobó en julio de 2025.