A los pueblos indigenas del pasado los alabamos y veneramos y a los pueblos indigenas vivos, los despreciamo, oprimidos y explotamos. Gerardo Pérez Muñoz
Tras un poco más de veinte años de discusiones y estires y aflojes entre los estados nacionales y los representantes de pueblos originarios, justamente por todo lo que representaba y representa el concepto de pueblos, el 13 de septiembre de 2007, la Asamblea General de Naciones Unidas, acogió y votó a favor la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI). Se adoptó con 144 votos a favor, 11 abstenciones y cuatro Estados en contra (Australia, Canadá, Nueva Zelanda y no podía faltar, Estados Unidos).
La Declaración aborda tanto los derechos individuales como los colectivos; los derechos culturales y de identidad; los derechos a la educación, la salud, el empleo y la lengua. Prohíbe expresamente la discriminación contra las personas de los pueblos indígenas y a los mismos pueblos, como entes colectivos. Promueve la participación efectiva en todos los asuntos que les conciernen y les garantiza su derecho a seguir siendo distintos, diferentes y a establecer sus propias prioridades de desarrollo económico, social y cultural.
Si bien la Declaración no es un documento vinculante para los Estados, si constituye un horizonte político, social al cual arribar y aspirar. Tomando en consideración las.multiples y graves problemáticas por las que han atravesado y atraviesan, tales como el despojo de sus tierras, agua, bosques; contaminación de su aire, tierra y suelo. Contaminación de sus ríos y acuíferos, desaparacion y criminalización de sus integrantes y lideres, la imposición de proyectos de muerte, tales como la minería a cielo abierto, el fracking polos de desarrollo, Tren Maya e interoceánico; el despojo de sus tierras para desarrollos inmobiliarios, acciones militaristas en su territorio, desplazamiento forzado por bandas criminales, reclutamiento de sus jóvenes por parte de la maña y el crimen organizado. El retorno de los cacicazgos locales y regionales, en su fase soberbia 2.0, marca 4T. Todo ello con la omisión, el silencio o contubernio de funcionarios publicos y de los tres niveles de gobierno.
En el marco del Día Internacional de los Pueblos Indigenas presentamos un ramillete de artículos de la Declaración, esperando que les sean útiles y nos permitan desterrar nuestro sutil e inveterado racismo, discriminación y clasismo hacia nuestros pueblos originarios. Estos Derechos se complementan con otros tres, del Convenio 169 de la O.I.T y que son vinculantes. El Convenio entró en vigor en nuestro país en septiembre de 1991 ( gobierno de Carlos Salinas de Gortari).







