Fue visto por primera vez en agosto de 2025: un cocodrilo de Morelet o de pantano (Crocodylus moreletii), especie protegida por la norma NOM-059-SEMARNAT-2010. Algún irresponsable que lo tenía en su poder fue a arrojarlo a laguna sin importerle las consecuencias. Se trata de un ejemplar Crocodylus moreletii que a la fecha alcanza ya alrededor de 120 centímetros y que en esta etapa de su vida no representa ningún riesgo.
Avisados de inmediato de su existencia por la administración de la laguna, especialistas de PROFEPA han intentado capturarlo en repetidas ocasiones, sin éxito. “Fugaz”, le llamaron entonces los operarios de la laguna, y así ha vivido en estos meses aposentado en el entorno de la isleta existente en el extremo oriental del cuerpo de agua. Puebla Verde ha solicitado a PROFEPA la autorización para que expertos de Africam Safari puedan realizar la captura del cocodrilo.


El ejemplar de ejemplar de Cocodrilo de Morelet (Crocodylus moreletii) fotografiado a principios de año en la laguna de San Baltazar.


Imagen del cocodrilo publicada en redes sociales esta semana.
Este jueves 17 de septiembre se hizo pública su presencia en la laguna en medios de comunicación caracterizados por su amarillismo. En redes sociales se publicó un video que identifica claramente al cocodrilo, que de inmediato se sumerge en el agua.
Publicamos aquí el oficio. dirigido a PROFEPA en el mes de julio, en el que se asienta la postura del Patronato Puebla Verde, organización civil que mantiene la custordia de la laguna desde el año de 1987:


Puebla, Puebla a 8 de julio de 2026
PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Delegación Federal en el Estado de Puebla
Presente.-
Por medio del presente, y en mi calidad de responsable del cuerpo de agua federal denominado Laguna de San Baltazar, ubicado en Avenida Bugambilias 6316, Col. Bugambilias, Puebla, me permito solicitar de nuevo la captura y reubicación inmediata de un ejemplar de Cocodrilo de Morelet Crocodylus moreletii, especie listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría Sujeta a Protección Especial (Pr).
ANTECEDENTES:
- Desde hace 8 meses se detectó la presencia del ejemplar, mismo que fue liberado ilegalmente por terceros en este cuerpo de agua, sin autorización ni aviso a esta administración. Dimos aviso de manera inmediata a la Delegación de PROFEPA, Puebla. Personal de la Delegación se presentó de manera inmediata a intentar la captura pero después de varios días de intentos fallidos, la operación se suspendió desde hace 5 meses.
- El ejemplar, actualmente juvenil de aprox. 1.0 a 1.2 metros de longitud, se encuentra en aparente buen estado de salud debido a la abundancia de mojarras en la laguna que le permiten sobrevivir.
- Con fecha 8 de julio de 2026, personal de esta H. Procuraduría acudió al sitio; sin embargo, se retiraron sin realizar acción alguna debido a la dificultad de la captura al no contar con el equipo especializado para la ejecutar el trabajo. No se levantó acta ni se nos proporcionó folio de atención.
- La Laguna de San Baltazar es un cuerpo de agua federal destinado a la preservación del patrimonio natural y la seguridad hidrica de la zona; es además un espacio público que funciona como parque para disfrutar de la naturaleza y tambien la actividad de remo recreativo diaria. Aunque está prohibido nadar y los usuarios portan chaleco salvavidas, *existe riesgo inminente de incidentes debido a que el ejemplar se encuentra en crecimiento y los usuarios introducen manos al agua. En 38 años de operación no se han registrado incidentes, ya que no existía fauna silvestre de riesgo como si lo puede ser hoy el ejemplar de cocodrilo del caso que nos ocupa.
FUNDAMENTO LEGAL:
Con fundamento en el Artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, que a la letra dice: “Ningún ejemplar de vida silvestre podrá ser objeto de posesión, transporte o manejo sin autorización… La Secretaría procederá a su reubicación cuando represente riesgo a la población o se encuentre fuera de su hábitat natural”, y considerando que:
a) La Laguna de San Baltazar, ubicada en zona urbana, no constituye el hábitat natural de la especie.
b) Existe riesgo a la población por la actividad de remo recreativo y la habituación progresiva del ejemplar a la presencia humana.
c) Se trata de un ejemplar único, lo que facilita operativamente su reubicación a una Unidad de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre (UMA) autorizada.
PETICIONES:
PRIMERO. Se realice a la brevedad el operativo de captura y reubicación del ejemplar Crocodylus moreletii con personal capacitado y equipo adecuado. En caso de no contar con las facilidades, les pedimos su autorización para solicitar el apoyo de la reconocida institución Áfricam Safari para llevar a cabo la captura y traslado a sus instalaciones del ejemplar.
SEGUNDO. Se emita a esta administración el folio de atención y dictamen correspondiente a la visita del 8 de julio de 2026, así como la fecha programada para el nuevo operativo.
TERCERO. Se proporcione asesoría para el manejo del riesgo mientras se ejecuta la reubicación.
Se anexan a la presente: 1) Evidencia fotográfica del ejemplar y su tamaño actual.
Sin otro particular, quedo en espera de su pronta y expedita respuesta, agradeciendo de antemano la atención al presente.
ATENTAMENTE
Lic. Verónica Mastretta Guzmán
Patronato Puebla Verde A.C.
Responsable de Laguna de San Baltazar
C.c.p. Delegación SEMARNAT Puebla. Para su conocimiento e intervención.
C.c.p. Dirección de Protección Civil Municipal de Puebla. Para dictamen de riesgo.
C.c.p. Archivo.














