marzo 5, 2026, Puebla, México

marzo 5, 2026, Puebla, México

Pensiones laborales: derecho, discrecionalidad y corrupción / Germán Sánchez Daza

Esta misma estructura de pensiones desiguales se seguirá expandiendo en la medida que las prácticas y normas institucionales predominan; lo cual viene en detrimento de las finanzas de la misma Universidad, dado que las jubilaciones se pagan de los ingresos que percibe, pues no son absorbidas ni por el IMSS ni por el ISSSTE. Además, cabe subrayar que la mayor parte de la administración actual, de la cúpula universitaria, puede jubilarse de manera inmediata, al igual que 461 académicos, que tienen una antigüedad de más de 30 años.

El pasado 3 de marzo, la Presidenta de la República entregó una iniciativa de reforma constitucional para establecer montos máximos a las pensiones y jubilaciones en las entidades públicas. Con base a lo informado a través de los medios de comunicación, el objetivo es fortalecer la coherencia del orden constitucional y la justicia en el uso de los recursos de la Nación.

En dicha iniciativa se determinan los límites de la pensión (remuneración) que reciba un funcionario público jubilado:

a) no podrá exceder la mitad (el 50%) de la remuneración del titular del Ejecutivo Federal, 

b) no podrán tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico, excepto que la diferencia sea originada por tener varios empleos públicos o por condiciones específicas (p. e. trabajo calificado especializado).

La iniciativa va dirigida a los empleados de confianza, directivos generales y secretarios de los organismos descentralizados, de las empresas públicas del Estado, las sociedades nacionales de crédito, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales del Gobierno Federal.

Además, destaca que la medida podrá ser aplicada no solo a las jubilaciones futuras sino también a las que se han otorgado previamente a la fecha en que se decrete la reforma. Esta medida tiene fundamento en el principio de austeridad republicana, considerando que los recursos públicos deben beneficiar al bienestar general.

Las pensiones millonarias

Un par de semanas antes, la Presidenta había informado que enviaría la reforma, en esa ocasión la Secretaria Anticorrupción y Buen Gobierno presentó un recuento de las pensiones. Con la transcripción de dicha conferencia matutina y de la nota de La Jornada, calculamos el promedio mensual de los jubilados de confianza de tres empresas paraestatales y de tres instituciones financieras del Estado, todas ellas muy por arriba del promedio de las pensiones mensuales pagadas en el IMSS y el ISSSTE (ver cuadro 1), destaca el caso de Luz y Fuerza del Centro, 25 veces más que las pagadas en el IMSS.

Si bien en la conferencia presidencial se señaló que había personas que recibían pensiones por más de un millón de pesos mensuales, Braulio Carbajal y Dora Villanueva daban una lista de funcionarios que tenían “pensiones doradas”. Lo que nos interesa destacar es que figuran varios exlíderes sindicales con pensiones mensuales superiores al medio millón, y altos funcionarios gubernamentales que, en los hechos, se autorizaron pensiones similares y con altos beneficios al jubilarse. La corrupción y el clientelismo político fueron pilares para mantener el control sobre las organizaciones sindicales, siendo premiados los líderes y funcionarios de los partidos en el poder PRI y PAN.

Pensiones de las burocracias doradas poblanas

Durante los últimos días, en el contexto del anuncio presidencial, distintos medios de comunicación difundieron los datos de lo que llamaron “pensiones doradas”, en particular en el caso de Puebla se expuso a nueve exfuncionarios estatales que tenía pensiones superiores a cien mil pesos, que laboraban en el sector educativo y ahora reciben su pensión por parte del ISSSTEP; el monto mayor fue de 128 mil pesos. Niveles de ingreso que estarían por encima de lo que ahora percibe el gobernador.

Mención especial es la humilde pensión que recibe el que fuera líder del SUTERM, Víctor Manuel Carreto Fernández, que en 2025 recibía solamente $511,921 mensuales, al igual que su hijo, que también fungió como miembro del comité ejecutivo de ese sindicato. Cabe recordar que dicho líder, en 1976, fue copartícipe del golpe gubernamental a la Tendencia Democrática, encabezada por Rafael Galván; además de ser militante del PRI de toda la vida, varias veces diputado federal.

Los debates de la iniciativa

Desde el anuncio de la iniciativa, se expresaron diversas voces en torno a su “retroactividad”, es decir que la reducción de las pensiones sería no solo para las que se asignen a partir de que se apruebe la iniciativa, sino también a las que se “otorgaron con anterioridad”. Luis Raúl González, en su artículo en la Jornada de Oriente, ubica claramente este debate.

Nos plantea que, desde el ángulo legal, se encuentra el principio de la no retroactividad de las leyes, que garantiza los derechos adquiridos (que está normado en el artículo 14 constitucional), por lo cual la iniciativa podría enfrentar una cascada de demandas de los afectados. Sin embargo, la misma iniciativa, fue presentada como reforma constitucional, lo que remite a la jurisprudencia y a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que pueden determinar la retroactividad.

Además, la argumentación de la Presidencia va en el sentido de “… evitar la generación de privilegios y percepciones desproporcionadas, con recursos públicos…”, y está basada en tres principios: “El primero es Austeridad Republicana. El segundo, Humanismo Mexicano. Y el tercero, responsabilidad financiera.”

Luis González plantea que el debate se mueve entre los privilegios frente a derechos adquiridos; la justicia social frente a seguridad jurídica; sin embargo, concluye que es debate eminentemente político.

Por otro lado, una cuestión que ha subrayado la Presidenta es que la iniciativa afecta únicamente a “altos mandos de confianza”, denominándolos también como servidores públicos; enfatizando que “…no tiene que ver con trabajadoras y trabajadores con contratos colectivos, ahí sí no, porque esos son sus contratos, sus negociaciones históricas que han hecho, no, no va a afectar a los trabajadoras y trabajadores con contratos colectivos”. Sin embargo, surge la duda sobre lo establecido en la Ley Federal del Trabajo en torno a la extensión a los empleados de los beneficios de los contratos colectivos (Artículo 184), que podría estar en conflicto con la iniciativa.  

Las “pensiones doradas” universitarias

En este contexto, el pasado 3 de marzo, David Celestino informaba que los cuatro últimos rectores de la B. Universidad Autónoma de Puebla percibían una pensión superior a los cien mil pesos mensuales, funcionarios que después de concluidos sus periodos como rector se jubilaron.

La pregunta implícita es si la iniciativa de la Presidencia incluirá también a las “pensiones doradas” de las cúpulas burocráticas universitarias del país. Pues se ha hecho público que estas tienen remuneraciones muy por encima de los cien mil pesos y, muy probablemente también las pensiones que reciben los ahora funcionarios jubilados.

En torno a las pensiones en la UAP, debemos señalar que también están marcadas por la gran desigualdad socioeconómica existente en México, por las políticas neoliberales impuestas (en especial la educativa y la laboral) así como por la estructura autoritario-clientelar de sus instancias de gestión y decisión.

En el cuadro 2, ilustramos la distribución de las pensiones pagadas en marzo de 2025. Se puede observar que los exrectores del periodo 1990-2021 reciben una pensión superior a los cien mil pesos mensuales, en tanto que 2,115 perciben menos de diez mil y 1,495 entre 10 y 20 mil pesos; es decir que 73.2% de trabajadores jubilados perciben una pensión inferior a 20 mil pesos, en tanto que el 0.3% logran un ingreso superior a 80 mil. Los niveles superiores (1, 2 y 3), que reciben más de 60 mil pesos mensuales, corresponden fundamentalmente a los funcionarios universitarios que fungieron como rectores, vicerrectores y directores de departamento y de facultades; es decir, los que dirigieron y tomaron decisiones.

A partir del quinto nivel se ubican los trabajadores que se jubilaron como académicos y administrativos de base.

Esta misma estructura de pensiones desiguales se seguirá expandiendo en la medida que las prácticas y normas institucionales predominan; lo cual viene en detrimento de las finanzas de la misma Universidad, dado que las jubilaciones se pagan de los ingresos que percibe, pues no son absorbidas ni por el IMSS ni por el ISSSTE. Además, cabe subrayar que la mayor parte de la administración actual, de la cúpula universitaria, puede jubilarse de manera inmediata, al igual que 461 académicos, que tienen una antigüedad de más de 30 años.

Queda entonces la duda de si, en caso de aprobarse la iniciativa presidencial, también se considera que incluye a las universidades públicas y autónomas; al respecto hay que recordar en el caso de la BUAP, se trata de un “organismo público Descentralizado del Estado, con autonomía reconocida por Ley”, y dado que la propuesta incluye a los “organismos descentralizados”, se puede considerar que las “pensiones doradas” de la burocracia universitaria serían afectadas.

No nos extendemos. Solo para finalizar, podemos considerar que el debate está abierto, y que más allá de lo legal, es fundamental ubicarlo en términos políticos y considerando las condiciones de desigualdad y discrecionalidad en que ha evolucionado el sistema de pensiones, en el contexto de las políticas de su privatización y mercantilización en el país. A nivel institucional, de la UAP, debería existir una reestructuración tanto de las jubilaciones como de los salarios de los funcionarios, una propuesta podría ser que los cargos de elección (rectoría, direcciones de unidad académica) debieran ser honoríficos, manteniendo sus salarios como académicos, dado que en sus postulaciones argumentan sistemáticamente el “honor” de salir electos, esto eliminaría las “pensiones doradas”.    

Referencias

Becerril Andrea y Georgina Saldierna (2026) Sheinbaum envía al Senado iniciativa de reforma para topar pensiones de la ‘burocracia dorada’, La Jornada. https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/03/03/politica/sheinbaum-envia-reforma-para-topar-pensiones-desproporcionadas-de-funcionarios-y-ex-funcionarios

Celestino, David (2026) Cobran más de $100 mil de pensión 4 exrectores. El Sol de Puebla, marzo 3.

Celestino, David (2026) Pensiones doradas en Puebla: ISSSTEP paga hasta 128 mil pesos al mes a exfuncionarios de la SEP. https://oem.com.mx/elsoldepuebla/local/pensiones-doradas-en-puebla-issstep-paga-hasta-128-mil-pesos-al-mes-a-exfuncionarios-de-la-sep-28661970

Celestino, David (2026) Exlíder del Suterm en Puebla recibe pensión de 511 mil pesos mensuales de la CFE. https://oem.com.mx/elsoldepuebla/local/exlider-del-suterm-en-puebla-recibe-pension-de-511-mil-pesos-mensuales-de-la-cfe-28591518

González Pérez, Luis Raúl Retroactividad en las pensiones: ¿justicia social o vulneración de derechos? La Jornada de Oriente, https://www.lajornadamorelos.mx/opinion/retroactividad-en-las-pensiones-justicia-social-o-vulneracion-de-derechos/

Muñoz, Alma E. y Alonso Urrutia (2026) Sheinbaum va por abolir las pensiones millonarias https://www.jornada.com.mx/noticia/2026/02/19/politica/sheinbaum-va-por-abolir-las-pensiones-millonarias

López Castro, Fernanda (2026) Sheinbaum envía al Senado reforma contra ‘pensiones doradas’: ¿A qué funcionarios se les reduciría su pago mensual?, https://www.infobae.com/mexico/2026/03/04/sheinbaum-envia-al-senado-reforma-contra-pensiones-doradas-a-que-funcionarios-se-les-reduciria-su-pago-mensual/

Presidencia de la República (2026) Versión estenográfica. Conferencia de prensa de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo del 18 de febrero de 2026.