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18 Septiembre 2024, Puebla, México.

Empresas y Derechos Humanos / Luis Soriano Peregrina

Economía /Sociedad | Opinión | 2.JUL.2021

Empresas y Derechos Humanos / Luis Soriano Peregrina

 

Las palabras empresa y derechos humanos no es común verlas en la misma frase, y menos las relacionamos con las palabras ‘proteger’, ‘respetar’ y ‘remediar’. Habitualmente vinculamos a los derechos humanos con policías, gobierno, crímenes etc., y a las empresas con riquezas, lujos y beneficios; lo cierto es que cualquier persona, sea jurídica o física, pública o privada, es vinculante con los derechos humanos. En lo particular las empresas pueden ser agentes positivos o negativos de los derechos humanos, pueden ser agentes violentadores pero también pueden ser agentes de cambio, aquellos que los dignifican.

Este artículo pretende visibilizar la íntima relación que existe entre los derechos humanos y las empresas. Lo cierto es que no es común verla en la misma frase porque en México la mayoría no hemos hecho la tarea y muy pocas empresas, gobiernos y sociedad civil -ya sea organizada o no- se han comprometido con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Pero vayamos por partes. Esto no es una ocurrencia de su servidor, es algo que tiene ya diez años de ser reconocido por la ONU y seis años de ser reconocido por México.

Nos relata la misma Comisión Nacional de Derechos Humanos en su informe Análisis Situacional de los Derechos Humanos y las Empresas del año 2020 que “… el 6 de julio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, a través de la resolución A/HRC/RES/17/4, adoptó los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, puesta en práctica  en el marco de las Naciones Unidas para proteger, respetar y remediar; y que se ha establecido como el máximo instrumento internacional en materia de empresas y derechos humanos…”

Para México “… el 10 de octubre de 2015, durante la Décimo Segunda Conferencia Internacional del CIC, las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos integraron la Declaración de Mérida sobre el papel que desempeñan las empresas en la ejecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En ese sentido se reafirmaron los compromisos asumidos en la Declaración de Edimburgo y se llamó a la necesidad de alinear la aplicación de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de la ONU…”

Para aterrizar este acuerdo, la misma Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) aprobó el Programa de Empresas y Derechos Humanos con el objetivo de transversalizar el enfoque de derechos humanos tanto al interior como al exterior de las empresas, incidir en las políticas públicas en materia empresarial y de derechos humanos y promover la cultura de los derechos humanos en las empresas públicas y privadas.

Estos principios rectores reconocen con claridad que el Estado y las empresas tienen herramientas en caso de incumplimiento. Los primeros están obligados a adoptar las medidas de prevención, investigación, sanción y reparación de abusos mediante políticas públicas e impartición de justicia. Del mismo modo los Estados están obligados a enunciar claramente que se espera de todas las empresas domiciliadas en su territorio y/o jurisdicción, respetando los derechos humanos en todas sus actividades; y los segundos, es decir, las empresas deben abstenerse de transgredir los derechos humanos de terceros y hacer frente a las consecuencias negativas sobre los derechos humanos en las que tengan alguna participación.

Finalmente es necesario que se cuente con las herramientas necesarias que sancionen en caso de incumplir con lo que el Estado estipuló o incluso si el Estado está proponiendo algo que está en contra de los derechos humanos. Estos mismos principios rectores son aplicables para todas las empresas ya sean públicas o privadas, es decir, es aplicable a la Comisión Federal de Electricidad, como lo es aplicable a la empresa Bimbo, con independencia de su tamaño, sector, ubicación, propietarios y estructura, es aplicable a todas. El objetivo de estos principios es el de buscar mejorar las normas y prácticas con relación a las empresas y los derechos humanos; eso quiere decir que es aplicable desde que el código de instituciones se armonice a los derechos humanos, como los manuales de procedimientos, de personal e incluso, la relación comercial tiene que estar alineada a lo estipulado en los principios rectores. Todo lo anterior con el fin de obtener resultados tangibles para las personas y las comunidades afectadas, y contribuir así también a una globalización socialmente sostenible.

Las palabras fundamentales en los Derechos Humanos y las empresas son proteger, respetar y remediar, como se da cuenta; no habla de castigar sino de remediar, es decir, no se busca sancionar ni lastimar a nadie, al contrario, se busca construir desde la dignificación de los derechos humanos, procesos que nos permitan vivir en una convivencia que no lastime ningún derecho, ni individual ni colectivo, y que se pueda caminar en la ruta del respeto.

Es urgente que en el mundo se tome con seriedad la participación de todas y de todos, que se vea que toda la dinámica relacionada a los derechos humanos no son instrumentos de castigo o esquemas de impunidad, sino instrumentales que construyen la paz, que la ruta más sana para la reconstrucción del tejido social son los derechos humanos, pero nada se podrá hacer si no es con la participación de los estados, las empresas, los sindicatos, la sociedad civil organizada, la no organizada, los partidos políticos, el gobierno y la oposición. Al final los derechos humanos no tienen colores, no tienen dueños, no tienen marca registrada, son de todas las personas y para todos. Urge que todas las personas nos pongamos las pilas, porque la descomposición individual y rompimiento del tejido social cada vez destruye más al planeta y por consecuencia caminamos en la ruta de la extinción.